Proyectos de Ley promovidos en el Año 2000 por la Diputada
VISTO:
Que es una mala costumbre el no
permitir el inmediato acceso a las diferentes actividades humanas a las
personas ancianas, mujeres en estado de gravidez, discapacitados, personas con niños,
menores de edad, etc.
Que observamos a diario que las
personas más indefensas socialmente, ya sea por su edad, estado físico, etc., suelen
ser maltratados, ignorados o desatendidos cuando deben hacer colas, realizar trámites,
ser atendidos en lugares públicos y privados, subir a medios de transporte, o
que se les den asiento en los mismos, etc.
Que es inmoral e injusto el hacer
esperar a estas personas, las que generalmente suelen estar de pie por largas
horas, siendo que sus estados físicos no lo permiten, en tanto que lo correcto
sería atenderlos con premura.
Que estas actitudes se han constituido
en incorrectas prácticas sociales, de
neto corte actual, que no contribuyen a una convivencia en armonía, ya que
conductas impropias como las mencionadas no formaban parte del acervo cultural
local, por lo que es preciso corregirlas.
Que estas conductas no se condicen con
los ideales de una sociedad moderna, culta, progresista y amplia, tal como el San
Luis que estamos construyendo.
CONSIDERANDO:
Que
es obligación del Estado provincial
articular las formas, los modos
y las condiciones que regulen la protección de las personas que se encuentren
en inferioridad de condiciones, ya sea por su edad avanzada, algún tipo de
incapacidad física o mental, por ser una mujer en estado de gravidez, o por ser
una persona que esté con niños, o por ser menores de edad.
Que el Artículo 49 de la Constitución Provincial sostiene que: El Estado protege a la persona
humana, desde su concepción hasta su nacimiento y, desde éste hasta su pleno
desarrollo.
Que es nuestro deber cuidar en todos
sus aspectos la sana y noble convivencia, protegiendo a los más indefensos.
Que debemos bregar por una sana y equilibrada convivencia, para así
reproducir en nuestros hijos los sanos ejemplos, los que quedarán como legado
para la construcción de un presente y futuro más solidarios.
Que debemos recuperar de la historia de nuestra “cuna puntana”, lugar de
buenas y sanas costumbres, el respeto por el otro, el cultivo de la amistad y
la generosidad, para afianzar el sueño de un San Luis grande y solidario, donde
la educación y el respeto por los derechos humanos se cristalicen en conductas
diarias que nos enaltezcan como personas.
POR
TODO ELLO
LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
SANCIONA CON FUERZA DE
Art. 1°: Disponer que las
personas que se encuentren en
inferioridad de condiciones, ya sea por su edad avanzada, por poseer algún tipo
de incapacidad física o mental, por ser
una mujer en estado de gravidez, por
ser una persona que esté con niños y/o por ser menor de edad, sean atendidas en primer lugar al momento de
realizar algún trámite, ya sea cobro de haberes, trámites de pagos, averiguación
o requerimiento de cualquier tipo de información, etc., en todas y cada una de las oficinas públicas
y privadas, en todo el ámbito provincial.
Art. 2°: Disponer para las personas a las que
se refiere el Art. 1° que suban en primer lugar a todos y cada uno de los
medios de transporte que circulen por la provincia, ya sean terrestres o aéreos,
y que se les ceda, obligatoriamente,
lugar en el cual pueden sentarse.
Art. 3°: Disponer que en todas y cada una de
las oficinas públicas y/o privadas, etc., en todo el ámbito provincial, donde
se brinde atención al público, cuenten con asientos cómodos, en lugares
higienizados, iluminados y seguros, para aquellas personas descriptas en el
Art. 1, en caso de que deban realizar esperas.
Art.4°: De forma
Ernesto Ochoa Susana Sosa Lago Héctor Gerardo Diputado Provincial Diputada Provincial Diputado Provincial
José Mirábile Mariano Constanzo
Diputado Provincial Diputado Provincial